Protección de viajeros

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La protección de los viajeros contra el riesgo de insolvencia del organizador de un viaje combinado se aplica también cuando la insolvencia se debe al comportamiento fraudulento de éste

La obligación del organizador del viaje combinado de disponer de garantías suficientes para asegurar, en caso de insolvencia, el reembolso del precio del viaje y la repatriación del viajero se aplica con independencia de las causas de la insolvencia.

La protección de los viajeros contra el riesgo de insolvencia del organizador de un viaje combinado se aplica también cuando la insolvencia se debe al comportamiento fraudulento de éste

La obligación del organizador del viaje combinado de disponer de garantías suficientes para asegurar, en caso de insolvencia, el reembolso del precio del viaje y la repatriación del viajero se aplica con independencia de las causas de la insolvencia.

La protección de los viajeros contra el riesgo de insolvencia del organizador de un viaje combinado se aplica también cuando la insolvencia se debe al comportamiento fraudulento de éste

La obligación del organizador del viaje combinado de disponer de garantías suficientes para asegurar, en caso de insolvencia, el reembolso del precio del viaje y la repatriación del viajero se aplica con independencia de las causas de la insolvencia.

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